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Página 4 de 10 ¿QUÉ REQUISITOS DEBES CUMPLIR?
Si quieres presentarte a estas oposiciones, deberás reunir los siguientes requisitos:
• Poseer la nacionalidad española o, de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/93, de 23 de diciembre (B.O.E. nº 307, de 24 de diciembre de 1993), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea tener la nacionalidad de un país miembro de ella o la de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea; ser cónyuge de los españoles y del los nacionales de otros estados miembros de la Unión europea, siempre que no estén separados de derecho, o ser sus descendientes o los de su cónyuge menores des 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
• Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Bachiller, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. • Permisos de conducir B, C y/o BTP según Comunidad Autónoma. • Altura: Los requisitos habituales históricamente se movían en el rango de mínimo 1.60 m mujeres y 1.70 m hombres. Actualmente la norma general es que no haya limitaciones explícitas por esta razón, puesto que no es un factor determinante para poder desempeñar la función. Existe también un máximo de altura no siempre reglado pero suele estar en 1,95 m principalmente por dificultades con la uniformidad y equipamiento. Todo esto siempre hay que contrastarlo de forma fehaciente en las bases para no crear malos entendidos.
• Tener 18 años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad. (En algunos casos el límite de edad es 30-35 años). Esta última condición puede quedar revocada a partir de ahora, puesto que ya hay sentencias que revocan ese límite de edad por ser inferior y discriminatorio con los límites legales de acceso a la Administración. (ver aquí)
• Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo afectados y concretamente no hallarse incurso en el cuadro de exclusiones médicas. VER AQUÍ: #
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Comentarios
Mi primo es bombero y la verdad que esta super contento.
Bueno José antonio. Esta web ha estado recogiendo durante más de cuatro años información sobre precisamente lo que tú y prácticamente la mayoría de los que la visitáis, queréis ser.
Es decir, si te dedicas a navegar por ella, tendrás respuesta a todo eso y mucho más de lo que ahora ni siquiera sabes que debes saber. Así que la respuesta a lo que preguntas la tienes en cuatro años de trabajo plasmados en la web.
Adelante....
El artículo te da la respuesta. Léelo, este y los que lo complementan. Si te queda alguna duda haz las preguntas pertinentes en el foro, que es el canal para esto. Si lees el párrafo situado arriba en amarillo, verás que aquí solo contestamos comentarios no dudas.
Un saludo
yo tengo el titulo de grado medio de soldadura,pero me gustaria saver si con el puedo acceder o necesitaria bachillerato o otra pueva de acceso...
gracias
Consulta el foro. Tienes la respuesta allí en el FORO MÉDICO un post sobre miopía, explicado por el Dr. Álvarez Jefe de la Unidad Sanitaria del SPEIS de Valencia
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